Archive | marzo 13th, 2020

La Comunidad de Madrid ordena el cierre de los establecimientos y comercios, excepto de alimentación y primera necesidad

  • Acuerdos aprobados hoy por el Consejo de Gobierno extraordinario presidido por Díaz Ayuso y reunido en la Real Casa de Correo.
  •  Afecta a cines, discotecas, restaurantes, salas de conciertos, teatros, salones de juego, casinos, parques de atracciones, gimnasios y bares de copas.
  • Podrán permanecer abiertos los supermercados, fruterías, pescaderías, carnicerías, panaderías y farmacias, entre otros.
  • Los restaurantes y bares estarán cerrados al público pero podrán prestar servicio de entrega a domicilio.
  • Se suspende la actividad de las oficinas de información presencial, registros y atención al ciudadano.
  • Se cierran todas las Oficinas de Atención al Público de la Dirección General de Tributos, de Política Financiera y Tesorería así como el Registro de Uniones de Hecho.
  • Las medidas aprobadas estarán inicialmente vigentes hasta el próximo 26 de marzo.

El Consejo de Gobierno, presidido por la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, y reunido con carácter extraordinario en la Real Casa de Correos, ha aprobado hoy una nueva serie de medidas en el marco de la situación y evolución del coronavirus (COVID-19). Todas entrarán en vigor a partir de las 00.00 horas de este sábado, una vez publicadas en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM).
Así, a través de la Consejería de Sanidad, se ordena la suspensión de la actividad en todo el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid de los espectáculos públicos, actividades recreativas, locales, establecimientos y comercios minoristas.
Con el objetivo de garantizar los suministros de productos básicos y de alimentación a la población, podrán seguir abiertos con normalidad los comercios minoristas de alimentación, de venta de productos de primera necesidad y supermercados, entre otros.

Esta medida, provisional y que, de momento, estará vigente hasta el 26 de marzo, se adopta también al objeto de facilitar el distanciamiento social al persistir un riesgo inminente y extraordinario para la salud de la población.
En la práctica, esta decisión supone el cierre, entre otros establecimientos, de cines, teatros, discotecas, salas de exhibiciones, salas de conciertos, auditorios y salas de exposiciones. También están afectados por esta medida gimnasios, locales o recintos deportivos cerrados, los destinados a la práctica deportiva de uso público, casinos, salones de juego, locales específicos de apuestas y salones recreativos.
Del mismo modo, se ordena el cierre de parques de atracciones, parques zoológicos, parques recreativos infantiles, verbenas, desfiles y fiestas populares. Se cierran bares de copas, tabernas y bodegas, cafeterías, bares, chocolaterías, heladerías, restaurantes, salones de banquetes y terrazas, entre otros.

PRESTAR SERVICIO DE ENTREGAS A DOMICILIO
En el caso de cafeterías, bares y restaurantes permanecerán cerradas al público, pudiendo prestar exclusivamente servicios de entrega a domicilio o para su recogida en el local y consumo a domicilio.
La permanencia en estos establecimientos deberá ser la estrictamente necesaria. En todo caso se evitarán aglomeraciones y se controlará que consumidores y empleados mantengan la distancia de seguridad establecida a fin de evitar posibles contagios.
El cierre no afecta a los bares y restaurantes ubicados en establecimientos hoteleros o en el interior de las instalaciones destinadas a la prestación de servicios públicos.


APERTURAS PERMITIDAS
La orden de la Consejería de Sanidad tampoco afecta a comercios minoristas de alimentación y primera necesidad. En concreto, podrán permanecer abiertas las fruterías, carnicerías, pescaderías, panaderías, farmacias, gasolineras, estancos, quioscos y supermercados, entre otros. En el caso de las grandes superficies solo podrán abrir la zona habilitada con este tipo de servicios.
La permanencia en los establecimientos comerciales cuya apertura esté permitida deberá ser la estrictamente necesaria para que los consumidores puedan realizar la adquisición de alimentos y productos de primera necesidad, quedando suspendida la posibilidad de consumo de productos en los propios establecimientos.

Asimismo, podrán permanecer abiertas las tiendas de informática, de audiovisuales, las papelerías, los comercios de productos de higiene, las tiendas de animales de compañía o los comercios por correspondencia o Internet, entre otros.

SIN ACTIVIDAD EN LOS REGISTROS
La clausura también se aplicará a los locales de ensayo de la Comunidad de Madrid para jóvenes músicos, dirigidos a asesoramiento y formación; los centros de formación, de usos múltiples, con espacios de biblioteca, salas de lectura y archivos de documentación, así como los albergues, refugios juveniles y servicios de información juvenil.
Del mismo modo, se suspende la actividad presencial en todas las oficinas y puntos de Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid, así como en los registros públicos de la Administración regional, incluido el Registro de Uniones de Hecho.
Igualmente, no habrá atención al público en las oficinas de gestión tributaria y en las Oficinas de Empleo y de Trabajo, entre otras. Los escritos, las solicitudes y el resto de comunicaciones dirigidas a la Administración se podrán presentar por medios telemáticos a través del registro electrónico de la Comunidad de Madrid.
No obstante, para garantizar la seguridad jurídica necesaria y no perjudicar los intereses de los ciudadanos, el Consejo de Gobierno ha declarado como días inhábiles los comprendidos entre el 13 y el 26 de marzo, ambos inclusive, a efecto de cómputo de los plazos en los procedimientos administrativos que se tramiten en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
La información y la atención al ciudadano se mantendrá hasta el 26 de marzo a través de los canales del servicio 012 y de la página web comunidad.madrid.


TELETRABAJO EN LA ADMINISTRACIÓN REGIONAL
Por otro lado, la Dirección General de Función Pública, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, ha elaborado una resolución para establecer el teletrabajo entre los empleados públicos de la Administración regional, salvo en el caso del personal sanitario y educativo. Esta resolución, de la que han sido informados los sindicatos CC.OO, CSIT, UGT y CSIF, afecta a 35.000 trabajadores que forman parte del personal funcionario y laboral de la Comunidad de Madrid.
Para hacerlo posible, la Comunidad de Madrid ha ampliado la capacidad de las herramientas colaborativas disponibles, como videoconferencias, chats y entornos para compartir documentación, así como el acceso seguro a documentación alojada en la nube y al correo corporativo ‘en remoto’.

Se ha determinado que será la Secretaría General Técnica de cada consejería, con el visto bueno del titular del centro directivo, la que determinará cómo se va a implementar el teletrabajo entre las plantillas a su cargo, primando en todo momento la continuidad del servicio de la unidad organizativa. Asimismo, serán ellos quienes decidan cuándo se debe requerir la presencia física por prestar un servicio esencial.
En este sentido, se han identificado a 1.500 técnicos de la Administración regional que cubren críticos o esenciales de la Comunidad de Madrid a los que se ha dotado del equipo necesario para desempeñar sus funciones sin necesidad de acudir al centro de trabajo.
Para ello se les ha facilitado un ordenador portátil, teléfono móvil, acceso por conexión remota a la red corporativa o acceso en remoto al puesto de la sede corporativa, herramientas colaborativas y asistencia técnica.

COMUNICACIÓN A LOS AYUNTAMIENTOS
La Comunidad de Madrid comunicará a los ayuntamientos que se recomienda el establecimiento del teletrabajo como método general de funcionamiento y la suspensión de todas las actividades que no sean esenciales para garantizar la seguridad, la convivencia y las emergencias; y la aplicación efectiva de las medidas establecidas por la Autoridad Sanitaria o aquellas adoptadas en el marco del Plan Territorial de Protección Civil de la Comunidad de Madrid (PLATERCAM).
También se tiene que garantizar la atención telefónica o digital a los ciudadanos así como la continuidad de los servicios de soporte a los sistemas de funcionamiento municipal.
La prioridad del teletrabajo también deberá estar presente en el ámbito educativo. Las viceconsejeras de Política Educativa y de Organización Educativa han enviado hoy una resolución conjunta a todos los centros educativos de la Comunidad de Madrid en la que se establecen unas nuevas instrucciones debido a la evolución de la expansión del virus.
Una vez organizada por parte de los centros la actividad para que se pueda seguir a distancia u online las clases entre profesores y alumnos esta nueva resolución, aprobada hoy, establece la prioridad de forma generalizada el teletrabajo y solo será precisa la presencia física del personal cuando sea necesaria para garantizar la continuidad de la actividad educativa.
En el ámbito de Políticas Sociales, se ha ordenado la suspensión durante los próximos 15 días del ejercicio de las actividades que realizan los centros de atención diurna (centros de día) a personas mayores y a personas con discapacidad ubicados en el territorio de la Comunidad de Madrid.

Excepcionalmente, la Consejería de Políticas Sociales podrá abrir centros de referencia por zona, con el fin de garantizar que ningún usuario quede desatendido como consecuencia de esta suspensión temporal.

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El BOE publica las medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19

El Gobierno ha adoptado un plan de medidas excepcionales en el ámbito económico para mitigar el impacto del COVID-19 que permitirá movilizar hasta 18.225 millones de euros durante este año. Las medidas aprobadas están publicadas en el Boletín Oficial del Estado (BOE) con fecha viernes, 13 de marzo de 2020.

Estas medidas se unen a las adoptadas en materia sanitaria y de cobertura laboral en el Consejo de Ministros del pasado 10 de marzo y que fueron publicadas en el BOE con fecha 10 de marzo, 10 de marzo por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en el ámbito económico y para la protección de la salud pública.

El Real Decreto-Ley de medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19 recoge acciones para reforzar el sector sanitario, proteger el bienestar de las familias y apoyar a las empresas afectadas, en particular del sector turístico y las PYMEs.

No obstante, ante los estragos económicos que está causando en el sector editorial de publicaciones periódicas la crisis del coronavirus, el presidente de AEEPP, Arsenio Escolar, ha enviado a cuatro diferentes miembros del Gobierno o altos cargos de la Presidencia el siguiente mensaje:

La crisis del coronavirus está golpeando durísimo al sector editorial de prensa. En los últimos días, me llegan desde los asociados de AEEPP (la mayor asociación de editores, como sabes; de la que soy presidente) noticias de centenares de páginas de publicidad previstas que se esfuman, docenas de eventos que se cancelan, patrocinadores que desaparecen, etc. El sector está lleno de pymes, y muchas de ellas van a tener graves problemas de tesorería y corren riesgo de desaparecer.

Entre las medidas aprobadas ya por el Gobierno destacan las siguientes:

  • Apoyo al sector empresarial

El Gobierno, para evitar posibles tensiones de tesorería de autónomos y pequeñas y medianas empresas, flexibiliza los aplazamientos del pago de impuestos durante un periodo de seis meses, previa solicitud, con bonificación en los tipos de interés. Esto permitirá inyectar hasta 14.000 millones de euros de liquidez, de acuerdo con los datos del propio Gobierno.

Se dispone una línea de financiación específica a través del Instituto de Crédito Oficial por importe de 400 millones de euros para atender las necesidades de liquidez de las empresas y trabajadores autónomos del sector turístico, así como de las actividades relacionadas que se estén viendo afectadas por la actual situación.

En tercer término, se permite que las empresas que han recibido préstamos de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa puedan aplazar el reembolso de las cantidades percibidas.

También se amplían las bonificaciones a la Seguridad Social para contratos fijos discontinuos que se realicen entre los meses de febrero y junio en los sectores de turismo, comercio y hostelería vinculados a la actividad turística.

Finalmente, se ha solicitado a la Comisión Europea que permita al coordinador de slots español, AECFA, no aplicar la regla que regula el uso de slots para las próximas temporadas. Esta exención permitiría que las compañías aéreas no se vean penalizadas en el futuro por haber reducido sus vuelos en las actuales circunstancias.

Se ha decidido también que el personal al servicio de la Administración Pública encuadrado en el régimen especial de mutualismo administrativo que se encuentre en situación de aislamiento preventivo, así como quienes se han contagiado del virus, se considerarán en Incapacidad Temporal asimilada a la baja laboral por Accidente de Trabajo.

Se extiende de esta forma a los empleados públicos la medida adoptada el 10 de marzo para el Régimen General de la Seguridad Social. Con la aprobación del Real Decreto-ley 6/2020, de 10 de marzo, se considera situación asimilada a accidente de trabajo de los periodos de aislamiento o contagio de las personas trabajadoras como consecuencia del virus COVID-19, modificando el criterio mantenido por la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social.

  • Gestión eficiente de las Administraciones Públicas

Con el fin de que la Administración General del Estado pueda tomar las medidas oportunas para hacer frente al COVID-19, se agiliza el procedimiento para la contratación de todo tipo de bienes o servicios que sean necesarios.

Asimismo, se habilita al Ministerio de Hacienda para realizar transferencias entre las distintas secciones presupuestarias con el fin de reforzar la financiación de la política sanitaria por parte del Estado.

  • Refuerzo del sistema sanitario

El Gobierno ha tomado distintas medidas para reforzar la capacidad de respuesta del sector sanitario, tanto del Gobierno central como de las Comunidades Autónomas, para contener su transmisión y atender a las personas contagiadas:

  • se refuerzan en en 1.000 millones de euros los recursos del Ministerio de Sanidada través del fondo de contingencia para atender los gastos extraordinarios que se generen, de forma que pueda atender de forma adecuada las necesidades sanitarias.
  • el Gobierno ha decidido adelantar 2.800 millones de euros de los pagos a cuenta a las Comunidades Autónomaspara reforzar su disponibilidad de recursos con los que hacer frente a necesidades inmediatas derivadas de esta situación en sus sistemas sanitarios.
  • se habilita al Gobierno para regular los precios de algunos productos necesarios para la protección de la salud y, en caso de situación excepcional, la Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos podrá fijar el importe máximo de venta al público de determinados medicamentos y productos.
  • Medidas de apoyo a las familias

Tienen como objetivo principal facilitar la protección de los menores en situación de vulnerabilidad y asegurar el correcto funcionamiento del sistema educativo ante las medidas específicas de contención adoptadas.

El Gobierno dota 25 millones de euros de recursos específicos a las Comunidades Autónomas para, mediante becas-comedor, garantizar el derecho básico de alimentación de niños y niñas en situación de vulnerabilidad afectados por el cierre de centros escolares, de forma que este hecho no tenga consecuencias añadidas indeseadas. Esto permite también mantener la actividad económica vinculada a estos servicios de alimentación.

En el ámbito de la educación obligatoria se habilita a las administraciones afectadas por las medidas de contención reforzadas a modificar el calendario escolar para que puedan ordenar de forma flexible el desarrollo del curso.

El plan ha sido acordado a propuesta de la vicepresidenta tercera del Gobierno y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, y de los ministerios de Hacienda, Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Trabajo y Economía Social, Industria, Comercio y Turismo, Sanidad y Derechos Sociales y Agenda 2030.

Las medidas están alineadas con las acciones acordadas por los organismos internacionales en los últimos días, en particular la Comisión Europea.

Información adicional.

Estas son las principales disposiciones oficiales aprobadas hasta el momento por el Gobierno central:

  • Real Decreto-ley 6/2020, de 10 de marzo, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en el ámbito económico y para la protección de la salud pública.

Desde el ámbito socio laboral de las medidas incluidas en dicho Real Decreto-ley, destacamos la consideración de situación asimilada a accidente de trabajo de los periodos de aislamiento o contagio de las personas trabajadoras como consecuencia del virus COVID-19, modificando el criterio mantenido por la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. Disponible en: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2020-3434

 

Foto: Pool Moncloa/Fernando Calvo

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El Colegio de Médicos de Madrid crea un registro de médicos voluntarios que ayuden en la atención médica

  • Debido a la carga asistencial que soportan los centros sanitarios madrileños por la epidemia de coronavirus en Madrid.

La histórica escasez de médicos en la sanidad pública de la Comunidad de Madrid se está viendo magnificada por el aumento de la carga de trabajo de los profesionales médicos y por el mayor absentismo que está generando la epidemia de coronavirus. Ante el previsible escenario de escasez de  médicos, la Junta Directiva del Colegio de Médicos de Madrid, crea  una bolsa de médicos voluntarios, para que puedan ser requeridos por el Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) si fuese necesario.

En estos días se han estado recibiendo propuestas de médicos jubilados, cooperantes y no asistenciales, que se han ofrecido de forma altruista para apoyar a las unidades en las que pudieran aportar su experiencia o trabajo. El ICOMEM agradece la determinación de quiénes se han ofrecido para colaborar apelando al espíritu de servicio y vocación. “Ahora más que nunca nuestro compromiso con la sociedad debe cumplirse y estamos seguros que los profesionales de la medicina van a responder como siempre lo han hecho”, explica el presidente del Colegio de Médicos de Madrid, el Dr. Miguel Ángel Sánchez Chillón.

 

CÓMO VA A FUNCIONAR

Para determinar cuál puede ser la labor y el lugar donde presten servicio los médicos voluntarios se va a llevar a cabo una valoración previa; todo ello en contacto directo y a expensas de las autoridades sanitarias de la Comunidad de Madrid.

El Colegio hará un tratamiento específico de los datos aporte cada profesional; y que solo serán usados para un periodo de tiempo puntual, a la vez que se les va a garantizar que esta información será destruida con posterioridad. Al mismo tiempo se facilitará un seguro de responsabilidad civil que cubra la labor asistencial del médico voluntario si no dispusiera del mismo; aplicable tanto para médicos en activo como jubilados voluntarios.

Desde hoy el ICOMEM habilita este registro donde todos los colegiados podrán dejar sus datos desde un acceso Web  habilitado para tal efecto, además de activar una línea telefónica para atender dudas puntuales.

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