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FACUA denuncia a la Comunidad de Madrid por la difusión de datos en su portal del certificado Covid

Se trata de la tercera ocasión en menos de un año en la que la asociación denuncia al Gobierno regional por vulnerar la normativa de protección de datos personales.

FACUA Madrid ha presentado una denuncia contra la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) por la difusión de datos personales de miles de ciudadanos a través de su portal web para la obtención del certificado Covid. Se trata de la tercera ocasión en menos de un año en la que la asociación denuncia al Gobierno regional por vulnerar la normativa de protección de datos personales.

Según ha publicado elDiario.es, la brecha de seguridad permitía a cualquier usuario introducir un DNI y obtener así toda la información de la persona asociada a dicho número. Si se introducían cifras aleatorias y resultaban corresponderse con el documento de identidad de algún ciudadano, podían obtenerse igualmente sus datos personales. También funcionaba con el Número de Identificación de Extranjeros (NIE).

La Comunidad de Madrid ha reconocido la existencia de dicho fallo y este miércoles 7 de julio ha bloqueado el acceso a la web. “La incidencia ha venido ocasionada por la subida de una actualización que pasó los protocolos de pruebas y que en el proceso de puesta en marcha generó una brecha”, han indicado fuentes de la Consejería de Sanidad a elDiario.es.

En este sentido, FACUA Madrid señala que lo ocurrido incurriría en una vulneración del artículo 6 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD).

En el apartado primero, letra a del citado artículo, se indica que “el tratamiento solo será lícito” si “el interesado dio su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales para uno o varios fines específicos”. De igual forma, el artículo 5 del RGPD recoge que los datos personales deben ser “tratados de tal manera que se garantice una seguridad adecuada de los datos personales, incluida la protección contra el tratamiento no autorizado o ilícito y contra su pérdida, destrucción o daño accidental, mediante la aplicación de medidas técnicas u organizativas apropiadas (integridad y confidencialidad)”.

Por otra parte, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPD), señala en su artículo 72 como infracciones “muy graves” aquellas que supongan “el tratamiento de datos personales sin que concurra alguna de las condiciones de licitud del tratamiento establecidas en el artículo 6” del RGPD.

Tercera denuncia en menos de un año

FACUA Madrid recuerda que esta es la tercera ocasión en menos de un año en la que denuncia la filtración de datos personales por parte de la Comunidad de Madrid.

Anteriormente, la asociación ya denunció a la Consejería de Sanidad porque la web de autocita para la vacunación contra la Covid-19 también revelaba datos de los usuarios a cualquiera que introdujera el Código de Identificación Personal de la Comunidad de Madrid (CIPA). Dicho código está en la tarjeta sanitaria personal y no es un dato público.

Además, en septiembre de 2020, presentó una denuncia contra la Consejería de Educación y Juventud por exponer los datos personales de casi 17.000 trabajadores de los centros educativos de la región.

La AEPD informó de que había apreciado “indicios racionales de una posible vulneración de la normativa en materia de protección de datos”, pero finalmente, pese a confirmar esta irregularidad cometida por la Comunidad de Madrid, ha resuelto archivar el procedimiento porque su actuación “fue proporcionada” y tomó “las medidas adecuadas para evitar que se vuelva a producir”.

Teniendo en cuenta que la normativa de protección de datos no contempla multas económicas a administraciones públicas, sino un mero apercibimiento, FACUA Madrid ha considerado inconcebible que la Agencia haya decidido resolver el asunto sin tan siquiera aplicar esa medida a la Consejería de Juventud y Educación.

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