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El TSJM da dos meses más a la Comunidad de Madrid para cumplir la sentencia sobre la M-501

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TJSM) ha dado dos meses más a la Comunidad de Madrid para que ejecute la sentencia que declaraba nulos los acuerdos que permitieron el desdoblamiento de la carretera M-501. El tribunal madrileño solicitó la ejecución forzosa del fallo el pasado 15 de julio. La Comunidad alegó que ya habían dado cumplimiento al fallo de la sentencia y que el único reproche formulado por la sentencia fue la falta de previa consulta a la Comisión Europea y que ya fue efectuada.

El fallo, dictado en febrero de 2008, y confirmado posteriormente por el Tribunal Supremo, declaraba nulos de pleno derecho el acuerdo del Consejo de Gobierno, por el que se declaraba el interés general de la obra, y la resolución de la Consejería de Transportes por la que se aprobaba el desdoblamiento de la carretera M-501, “reponiendo el procedimiento administrativo al momento inmediatamente anterior a su adopción con, en su caso, restitución a su estado anterior de la zona afectada por el proyecto a que se referían los actos nulos”.

Sin embargo, la representante del Ejecutivo autonómico señaló que la reposición del espacio ocupado por la carretera a su estado original “resulta imposible por imposibilidad material por haber sufrido una transformación irreversible, por ser lo pretendido contrario al interés medio ambiental que se pretende proteger, en cuanto implicaría la ejecución de obras que volverían a afectar al medio natural y por la destrucción de los pasos de fauna y otras medidas correctoras ya ejecutadas, y por exceder las posibilidades presupuestarias”.

Por el contrario, CODA-Ecologistas en Acción, la parte demandante, sostuvo que la Comisión Europea “no ha respaldado ni dado el visto bueno el ningún momento al proyecto ejecutado, constando por el contrario solamente que los intentos de solución consensuada se frustraron por la propia actuación de la Comunidad al recurrir en casación la sentencia de esta sala, lo que determinó que finalmente se formalizara recurso de incumplimiento ante el Tribunal Europeo, que apreció incumplimientos en la actuación sobre la carretera”.

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En marzo, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo emitió una nueva sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, que apunta que “contrariamente a lo manifestado por la representación de la Comunidad, no consta que haya ejecutado lo acordado en el fallo. Se aprecian dos infracciones de procedimiento y la demandada no ha procedido a reponer las actuaciones para su cumplimiento y con su resultado, en su caso, plantear la restitución de la zona afectada a su estado anterior”.

Argumenta que no consta entre la documentación remitida que se haya hecho una declaración de impacto ambiental que se corresponda con el proyecto de desdoblamiento de la carretera sobre el que se resolvió la discrepancia “o al menos valoración del órgano medioambiental de que no sea preciso ampliar o corregir la antigua declaración de impacto”.

Además, asegura que no ha cumplido el trámite de previa consulta a la Comisión Europea, “que en cualquier caso requiere para su cumplimiento de la previa evaluación que no se ha hecho en forma”. “Este trámite no se acredita en absoluto cumplido, como sostenía la ejecutada (la Comunidad) por compromisos con la Comisión que no tenían el mismo alcance y que, en cualquier caso, como consta en la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea no llegaron a materializarse, dando lugar a la correspondiente decisión de incumplimiento”, añade.

En conclusión, el magistrado considera que resulta “indispensable” para cumplir la sentencia reponer la zona afectada a su estado anterior o, en caso de imposibilidad de ejecutar dicha reposición, que el Gobierno regional “proceda a dar cumplimiento al fallo en cuanto a los trámites procedimientos que se declararon omitidos y que aún no consta realizados, dando a tal efecto un plazo de dos meses”. Solo en ese momento la Sala se pronunciará sobre la ejecución material de la sentencia.

Ante este fallo, Ecologistas en Acción ha anunciado hoy martes que ha recurrido el auto y solicita la ejecución material del fallo “sin más dilación”. Esta organización entiende que actualmente solo cabe la ejecución material de la sentencia con la reposición de los terrenos a su estado anterior a las obras y que el TSJM, con esta decisión, “está dilatando el pronunciamiento sobre la misma”.

“Es imposible que la Comunidad de Madrid pueda cumplir con los trámites que el propio Tribunal de Justicia Europeo, en su sentencia de 15 de diciembre de 2011, afirma que “debieron de adoptarse en cualquiera de los casos de manera previa al comienzo de las obras, no a posteriori'”, han concluido los ecologistas en un comunicado.

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