Por José Ruiz Guirado
Para adentrarnos en la dehesa de la Cepeda, que pertenece a la provincia de Madrid, tenemos que acercarnos al municipio de Santa María de la Alameda, que con su núcleo de población de Navalespino, viene a ser el más alto de la Comunidad, a sus 1.440 de altitud. Este municipio, que perteneció con sus pedanías (Robledondo, La Hoya, Navalespino, La Paradilla y Las Herreras) al de Robledo de Chavela, hasta que en el año de 1766 se independizara, según “La escritura de enajenación de Santa María de la Alameda de Robledo de Chavela”, en el trabajo: “Santa María de la Alameda, Historia, Costumbres y Tradiciones, José Ruiz Guirado. (Ayuntamiento Sta. María Alameda, 2012). En la que Clemente Herranz, vecino y fielato de la Villa, por no haber numerario Real, certifica que se hizo consejo público para otorgar la oportuna Escritura. El proceso histórico de la villa compartió protagonismo y hechos paralelos a los del alfoz escurialense, desde que surgiera como Comunidad de Aldea, (siglos XII-XIII), hasta 1833 en el que pasaría a pertenecer a la provincia de Madrid. Surgiría debido al trasiego de ganados de la ciudad de Segovia, bajo el Sexmo Casarrubios, en los que participarían la Caballería Villana. Hecho este recorrido histórico, nos encontramos, para el tema que nos ocupa, emplazamos en el siglo XIX, en el que se produce la Desamortización, nos encontramos con esta zona de paso trashumante, al oeste de la Comunidad madrileña, entre las provincias de Avila y Segovia. En la que en monte de tierras de pasto de La Cereda (más de 1.100 Ha.), supere a los de monte, perteneciente desde el siglo XVIII, hasta su venta en 1683 a los propios de Madrid. Pero como no podía ser de otra manera, esta isla en madrileña Santa María de la Alameda, en medio de las provincias abulense y segoviana, provocaría las distintas disputas por su pertenencia, de las que apuntamos algún detalle, que le confieren su peculiaridad, a saber:
“HISTORIAL. Esta ficha corresponde con el monte catalogado n. 81., del catálogo de Ávila (se incluyó en el Catálogo por orden de 27 de febrero de 1897), el cual se encuentra ubicado en el término municipal de Peguerinos, provincia de Ávila. La identificación física en planos catastrales ha sido imposible, dado que en el ayuntamiento de Peguerinos, únicamente hay un listado de caracteres (documento 40), con relación de propietarios. Asimismo en la Delegación de Hacienda de Ávila se ha encontrado un plano del avance catastral (documento 43), realizado en 1959. Este momento aparece en los inventarios de bienes municipales de 1956. El 16 de marzo de 1942 se inscribió la posesión de este monte en el Registro de la Propiedad de Cebreros (tomo 288, libro 9, finca 663, folio 69). Como documento 13 se aporta nota simple. Según consta en la mencionada inscripción esta finca se hallaba libre de toda clase de cargas. El 8 de abril de 1944 se produjo una inscripción de demanda, dado que por el ayuntamiento de Peguerinos se había presentado en el Juzgado de Primera Instancia de Cebreros, juicio declarativo de mayor cuantía, sobre la nulidad de inscripción primera, en virtud de esta demanda, el juez emitió un mandamiento para realizar una anotación preventiva de demanda. En esta demanda el ayuntamiento de Peguerinos solicitaba la nulidad de la inscripción porque no se adecuaba a la realidad, se argüía que el ayuntamiento de Santa María de la Alameda, era titular únicamente del vuelo, correspondiente al suelo al ayuntamiento de Peguerinos. Se exponían como fundamentos de la demanda que estaba viciado. Por otra parte, como fundamento de derecho de la propiedad del suelo, se basaba en hechos históricos, según los cuales en 1835 el rey Alfonso XI, para terminar con el pleito entre el Monasterio de San Pedro de Rey Moros, y por otra parte los Concejos de Robledondo y El Espinar, concedió a estos el derecho y la posesión de la Cepeda. En 1655 se dividió entre ambos el suelo, permaneciendo proindiviso el vuelo, quedando para el marqués de Robledondo el que hoy forma parte el monte de Santa María y como estaba enclavado en jurisdicción del Espinar, el suelo quedó para Peguerinos y el vuelo para el marqués, quien luego lo cedió al pueblo de Santa María de la Alameda. Para justificar estos antecedentes, el ayuntamiento de Peguerinos se apoyó, también en un acta de deslinde y amojonamiento de 1909, en la cual los representantes de Santa María de la Alameda que el suelo era propiedad de Peguerinos. El ayuntamiento de Santa María de la Alameda se opuso a la demanda, esgrimiendo que los datos históricos a que se ha hecho referencia anteriormente, no corresponden a este monte; asimismo argumentó que este monte era propiedad del ayuntamiento, como mínimo desde 1862…”
Nosotros, por nuestra parte, nos vamos a remitir a la fecha de 1863 (PARRONDO FEO, Francisco. “Fincas de rusticas en la provincia de Madrid. Consejería de Ordenación del Territorio, Medio Ambiente y Vivienda, 1984), en la que nos encontramos estos datos del término municipal de Santa María de la Alameda:
“PROPIOS:
Número 10 del inventario.- La dehesa titulada de la Cepeda, procedente de los propios de Madrid, sita en la Cepeda, término de Santa María de la Alameda, que lleva en arrendamiento don Justo Benito Díaz y socios, de segunda clase, conteniendo pastos, dos casillas de una habitación para los pastores, unos cuantos pinos inmaderables, matas de piorno y peñas, con dos arroyos permanentes; su cabida 3.182 fanegas, equivalentes á 1.089 hectáreas, 51 áreas y 68 centiáreas. Linda N. camino de canto los hierros, término del Espinar (Segovia). M. con la cañada y término de Peguerinos (Avila), L. camino de Fuente la Reina y término de Peguerinos y P. con campo Azálvaro, término del Espinar: ha sido tasada en 390.000 rs. Y capitalizada por la renta de 19.000 que la han graduado los peritos en 427.500, tipo para la subasta. Y han sido adjudicadas a D. José Mitre Patrón por 822.100 rs., y a don José Cánovas del Castillo por 660.100 rs.
LA PEÑA CHICA O SILLA DEL CABALLO
Hace años tantos que ya mal me acuerdo:
cual cabra montés coroné su cumbre
y en su cima sin óxido ni herrumbre
flores hallé insertas en mi recuerdo.
Retazos fugaces donde me pierdo,
en el cielo de julio ardía lumbre
y un paisajístico y bello vislumbre
en concordato con un mundo cuerdo.
Gredos monumental sobre su espalda,
a la Silla cubría y daba guardia
a sus pies el pinar gema y guirnalda.
Y a su frente los Montes de Toledo,
centinelas del llano y salvaguardia
de la Peña Chica en donde me quedo.
Saturnino Caraballo Díaz
El Poeta Corucho