Archivo de etiquetas | "contaminación"

El Ayuntamiento de Villa del Prado multado por arrojar vertidos al cauce de un arroyo

  • La Confederación Hidrográfica del Tajo obliga también a reponerlo a su estado anterior.

Desde hace varios años el Ayuntamiento de Villa del Prado ha estado supuestamente vertiendo los escombros y otros vertidos provenientes principalmente de restos de aceras, asfalto, grava, alquitrán en el arroyo de dominio público que linda con el Camino de Curacasillas en el término municipal de Villa del Prado. Todo ello sin ningún tipo de autorización o concesión administrativa de la Confederación Hidrográfica del Tajo (CHT), según asegura el Grupo Municipal de Vecinos por Villa del Prado.
SEPRONA destacamento de la Guardia Civil especializado en la defensa de la naturaleza ha investigado los hechos y ha tomado declaración al concejal de Urbanismo Miguel Ángel González García, que ha declarado que no encontraba las facturas de la destrucción de los escombros, ni los albaranes del traslado de los residuos en los camiones.
La CHT ha decretado contra el Ayuntamiento de Villa del Prado multa de 1.500 € por ocupación de cauces y la obligación de reponer el entorno a su estado anterior, de acuerdo con lo establecido en el artículo 118 del texto refundido de la Ley de Aguas.
Actualmente, los escombros están provocando un estancamiento de las aguas del Arroyo que impide que el agua siga su curso con normalidad hasta el río Alberche.
El Grupo Municipal de Vecinos por Villa del Prado manifiesta que ha colaborado en la investigación de este delito y lamenta que “en los alrededores del municipio tengamos que ver escombros o basura cuando salimos a disfrutar de nuestros parajes y de nuestro entorno natural envidiable. Es aún más vergonzoso y triste saber que estos escombros son vertidos por el propio Ayuntamiento. ¿Qué respeto se puede tener a un Ayuntamiento que se dedica al vertido de escombros en nuestro entorno natural? Debemos dar ejemplo. Aún así el Ayuntamiento se permite sancionar a los particulares que tiran escombros o basura cuando ellos lo están haciendo. Esperamos que la alcaldesa, el Equipo de Gobierno, o al menos, el concejal de Medio Ambiente tengan en cuenta esta multa de la Confederación Hidrográfica del Tajo y tomen responsabilidades políticas ¿O también eran conocedores de esta situación y no han hecho nada?”
La formación de la oposición añade que todos los vecinos están “viendo nuestro entorno gravemente perjudicado, y ahora además, por esta irresponsabilidad, tenemos que pagar de nuestro bolsillo la sanción interpuesta. Hemos tenido la suerte de ser solo sancionados con esa pequeña cantidad, que consideramos que no corresponde en proporción en absoluto con los daños provocados por el Ayuntamiento”.
Esta multa es una falta más a las que suma el Ayuntamiento de Villa del Prado. En el año 2018 también resolvió la Agencia Española de Protección de Datos que el Ayuntamiento de Villa del Prado había infringido lo dispuesto en el artículo 9.1 de la LOPD en su relación con los artículos 91 y 93 del RLOPD, tipificada como grave en el artículo 44.3 h). Debido al grave agujero de seguridad que fue publicado en este medio en la anterior edición de Febrero del 2018, donde se podía acceder a datos muy sensibles de los vecinos de Villa del Prado desde la Sede Electrónica del Ayuntamiento.

Publicado en Actualidad, Sierra OesteComentarios (0)

La Comunidad aprueba el Protocolo Marco de actuación ante episodios de alta contaminación

  • El Protocolo divide la región en 7 zonas y establece 3 niveles de actuación: información y preaviso, aviso y alerta.
  • Se contemplan medidas progresivas de información, promoción del transporte público, limitación de la velocidad del tráfico y reducción de emisiones.
  • El documento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOCM.

La Comunidad de Madrid ha aprobado hoy el Protocolo Marco de actuación durante episodios de alta contaminación producidos por emisiones de dióxido de nitrógeno (NO2), un documento que recoge las bases de actuación y las pautas a seguir ante este tipo de situaciones, a través de una serie de medidas y recomendaciones dirigidas a los ayuntamientos de la región.

Según el Protocolo, los municipios podrán ser más restrictivos en las medidas establecidas por la Comunidad de Madrid, si así lo determinan, pero nunca adoptarán medidas inferiores a las recogidas en el texto regional. Además, las ciudades madrileñas con más de 75.000 habitantes -Madrid, Alcalá de Henares, Alcobendas, Alcorcón, Fuenlabrada, Getafe, Leganés, Móstoles, Parla, Torrejón de Ardoz, Coslada, Las Rozas, Pozuelo de Alarcón, Rivas Vaciamadrid y San Sebastián de los Reyes- estarán obligadas a elaborar y aprobar sus propios protocolos de actuación en el plazo de un año, a partir de la publicación del presente documento en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM).

Cifuentes y Garrido tras el Consejo de Gobierno.

El nuevo Protocolo, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid establece tres niveles de actuación: Información y Preaviso, Aviso, y Alerta. Igualmente, se establecen hasta siete zonas de actuación diferenciadas. La zona 1 corresponde a Madrid ciudad, que a su vez queda dividida en cinco subzonas; la zona 2 comprende el Corredor del Henares; la zona 3 corresponde a la aglomeración Urbana Sur; la zona 4 la configuran municipios del Noroeste; la zona 5 es la Sierra Norte; la zona 6 afecta a la Cuenca del Alberche; y la zona 7 es la Cuenca del Tajuña.

NIVELES DE ACTUACIÓN

El nivel de ‘Información y Preaviso’ se producirá cuando dos estaciones de una misma zona registren más de 180 microgramos por metro cúbico de dióxido de nitrógeno durante dos horas consecutivas y el nivel de ‘Aviso’ se establecerá cuando dos estaciones de una misma zona registren más de 200 microgramos de dióxido de nitrógeno por metro cúbico durante dos horas consecutivas.

Por lo que respecta al tercer nivel, el de ‘Alerta’, se decretará cuando se superen los 400 microgramos de dióxido de nitrógeno por metro cúbico durante tres horas consecutivas en tres estaciones de la Zona 1 (Madrid ciudad); pero si se trata de la subzona 4 de Madrid bastará con que se detecte en dos estaciones de medición.

En las zonas 2 a 7 (el resto de la Comunidad, excepto la capital), el nivel de ‘Alerta’ se establecerá cuando en una estación de medición de la calidad del aire se registren más de 400 microgramos de dióxido de nitrógeno por metro cúbico durante 3 horas consecutivas.

ESCENARIOS Y MEDIDAS A ADOPTAR

Estos niveles darán lugar a cuatro escenarios de actuación. Así, el Escenario 1 se producirá cuando el primer nivel, el de Información y Preaviso, lleve un día activado. Las medidas por parte de la Comunidad de Madrid serán informativas – a través de redes sociales y medios de comunicación- y de promoción del transporte público, con las alternativas que establezca el Consorcio Regional de Transportes en colaboración con los ayuntamientos que, además, podrán establecer otras medidas en los respectivos protocolos de actuación local.

El Escenario 2 se activará cuando se sobrepase durante dos días consecutivos el nivel de Información y Preaviso o se cumpla un día entero en el nivel de aviso. A las medidas de información y de promoción del transporte público se sumará la limitación de velocidad a 90 km/h. en la M-40, M-45 y vías de acceso de alta capacidad de tráfico situadas en el interior de la M-45. Además, se limitará a 70 km/h en aquellos tramos de la red regional cuya velocidad habitual permitida sea mayor. En este Escenario 2, los protocolos de los ayuntamientos podrán establecer también restricciones al tráfico urbano en sus términos municipales.

El Escenario 3 se activará cuando se supere durante dos días consecutivos el nivel de aviso. Puesto que las medidas son acumulativas, a las adoptadas para los escenarios 1 y 2 se agregarán la mejora de la capacidad del transporte público y actuaciones regionales y municipales dirigidas a reducir las emisiones en los sectores productivos. Por ejemplo, se recomendará reducir el uso de calefacciones limitando la temperatura a 21 grados, se adoptarán medidas que faciliten la flexibilidad de horarios en las administraciones públicas para evitar ‘horas punta’ y se reducirán las obras públicas que generen contaminación. Durante el Escenario 3, la velocidad máxima en autovías y autopistas exteriores a la M-50 se rebajará a 100 km/h.

Finalmente, el Escenario 4 se activará cuando se cumpla un día completo con el nivel de ‘Alerta’. A todas las medidas anteriores se añadirá la limitación de la velocidad a 90 km/h en la M-50 (competencia estatal) y a 100 km/h en tramos de vías de gran capacidad en el interior de dicha M-50 en las que habitualmente se permite una velocidad superior, como autovías y autopistas. Llegados a este Escenario 4, el Protocolo Marco de la Comunidad de Madrid contempla recomendaciones al sector privado, como planes de movilidad y teletrabajo en empresas de más de 250 trabajadores y medidas para la reducción de emisiones.

Sonido: Cristina Cifuentes, Presidenta de la CM. Protocolo ante contaminación.

Publicado en Actualidad, Comunidad de Madrid, Medio NaturalComentario (1)


"EDICIÓN IMPRESA">EDICION IMPRESA

 

 

PRÓXIMA

 

EDICIÓN IMPRESA

 

29 de MARZO

  Chollocolchon   Chollocolchon

 

A21 SIERRA OESTE

 

 

marzo 2024
L M X J V S D
 123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031
Verificado por MonsterInsights