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Brunete manifiesta su apoyo a la prisión permanente revisable

  • Tras la aprobación ayer en Pleno de la moción propuesta por el Partido Popular.
  • Ganar Brunete y PSOE votaron en contra de la medida.

El Pleno del Ayuntamiento de Brunete, celebrado ayer por la tarde, aprobó, solo con los votos a favor del Grupo Municipal del Partido Popular, la moción presentada por el mismo grupo, por la que se manifiesta el apoyo de Brunete a la figura jurídica de la prisión permanente revisable, incorporada al ordenamiento jurídico español. Por el contrario, tanto Ganar Brunete como el PSOE en este municipio, votaron en contra de esta moción.
En el texto aprobado se insta, además, a los diferentes grupos políticos que tienen representación en el Congreso de los Diputados a que reconsideren su postura a favor de derogar esta figura jurídica.
El Ayuntamiento de Brunete manifiesta, por tanto, su apoyo a la permanencia de la prisión permanente revisable en el Código Penal, frente a la Proposición de Ley Orgánica que pretende derogar este instrumento penal y que ha sido apoyada, salvo excepción del Partido Popular, por el resto de grupos parlamentarios del Congreso, con su voto favorable o abstención como en el caso de Ciudadanos.

La prisión permanente revisable fue incorporada al Código Penal en la reforma que realizó el Gobierno del PP en el 2015, con el convencimiento de que es un instrumento útil ante delitos gravísimos. Es conveniente constatar si se ha producido la rehabilitación, no por el transcurso del tiempo, sino acreditando que una persona que ha cometido delitos muy graves haya cumplido con el fin de resocialización.
Esta pena solo puede ser aplicable “en supuestos de excepcional gravedad en los que está justificada una respuesta extraordinaria mediante la imposición de una pena de prisión de duración indeterminada, sujeta a un régimen de revisión”
La prisión permanente revisable es un instrumento que existe en muchos países de nuestro entorno, en gobiernos de todo tipo de corte político; es una institución coherente, que se incorpora bien a nuestro modelo de garantías y tiene perfecto encaje penal. Se trata de una fórmula extendida en el Derecho comparado europeo que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha considerado ajustado a la Convención Europea de Derechos Humanos.
Tal como ha destacado el alcalde, Borja Gutiérrez, “la prisión permanente revisable, no renuncia a la reinserción del penado, pues una vez cumplida una parte mínima de la condena, un Tribunal deberá valorar nuevamente las circunstancias del penado y del delito cometido y podrá revisar su situación personal”.
Si una vez cumplido un tiempo mínimo de la pena, la Justicia valora que un condenado cumple los requisitos necesarios para quedar en libertad, se establecerá un plazo de libertad condicional en el que se impondrán condiciones y medidas de control orientadas tanto a garantizar la seguridad de la sociedad, como a asistir al penado en esta fase final de su reinserción social.
Y es precisamente la previsión de dicha revisión judicial periódica de la situación personal del penado, la que “aleja toda duda de inhumanidad de esta pena, al garantizar un horizonte de libertad para el condenado” ha concluido el alcalde.

 

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