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Concurso para la explotación del bar de la piscina de Cenicientos

El ayuntamiento de Cenicientos ha sacado a concurso la explotación del bar de la piscina municipal. El local está reformado recientemente pero no cuenta con ningún material propio del sector de hostelería. Desde la web del consistorio han hecho público el pliego de condiciones para los posibles  licitadores.

PLIEGO DE CLÁUSULAS QUE REGIRÁN LA EXPLOTACIÓN DEL BAR DE LA PISCINA MUNICIPAL DE CENICIENTOS PARA EL AÑO 2.013

ARTÍCULO 1.- El objeto del presente contrato es regular las condiciones administrativas particulares de la explotación del servicio de bar de la Piscina Municipal. El procedimiento es el contrato menor y la modalidad la de concesión.

ARTÍCULO 2.- El contrato es de naturaleza administrativa, que se regirá en su preparación, adjudicación efectos y extinción por los artículos 111 y 138 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y sus reglamentos, por el Decreto 17 de junio de 1955 por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, y por el RD 781/86 por el que se aprueba el Texto Refundido del Régimen Local.

ARTÍCULO 3.- La duración de servicio será entre el 29 de junio y el 1 de septiembre de 2.013, si bien podrá extenderse en el tiempo previo acuerdo entre el interesado y el concesionario cuando las condiciones meteorológicas lo hagan factible.

ARTÍCULO 4.- El precio del contrato son 1.000 euros. Podrá ser modificado al alza o a la baja.

ARTÍCULO 5.- La titularidad del servicio corresponde al Ayuntamiento de Cenicientos.

ARTÍCULO 6.- Mediante la utilización del dominio público se procederá a prestar un servicio dirigido al público, como es el servicio de bar, que se realizará a riesgo y ventura del contratista sin derecho a indemnizaciones por causas de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en la explotación del mismo.

ARTÍCULO 7.- Son causas de resolución las mencionadas en los artículos 223 a 225 del Real Decreto Legislativo 3/2011. En caso de resolución el concesionario deberá entregar las instalaciones en el adecuado estado de conservación.

ARTÍCULO 8.- Los licitadores deberán presentar una garantía provisional de 30 euros, que será devuelta en el momento que se realice la propuesta de adjudicación salvo al adjudicatario, al que se le retendrá (convirtiéndose en garantía definitiva) hasta que finalice este contrato satisfactoriamente.

ARTÍCULO 9.- El contratista queda obligado a cumplir las obligaciones tributarias y de seguridad social, seguridad e higiene en el trabajo, quedando el Ayuntamiento exonerado de responsabilidad por este incumplimiento .A tal efecto podrán participar en el proceso selectivo todas las personas tanto físicas como jurídicas, españolas o extranjeras que tengan plena capacidad de obrar, solvencia técnica y profesional y no se encuentren incursas en supuestos de prohibición de contratar todo ello conforme a lo recogido en el RDL 2/2000 de 16 de junio por el que se aprueba el TRLCAP.

ARTÍCULO 10.- Obligaciones del concesionario:
– Abrir y cerrar el bar a la hora que se indique.
– No instalar mesas y sillas fuera del recinto que le sea señalado, siendo su obligación que todas las bebidas sean servidas en recipientes de plástico en horario de la piscina, resultando de su responsabilidad las consecuencias que pudieran derivarse del incumplimiento de esta norma.
– Los servicios del bar estarán abiertos durante todo el tiempo que lo estén las instalaciones y solo durante ese tiempo.
– No arrendar los servicios adjudicados a ninguna otra persona.
– No vender tabaco ni bebidas alcohólicas a menores.
– Presentar la lista de precios para su aprobación antes del 10 de junio de 2013, debiendo ser expuesta en lugar visible para los clientes.
– Las personas encargadas del bar deberán estar en posesión del carnet de manipulador.
– El adjudicatario no podrá exigir mejoras en las instalaciones.
– Serán por cuenta del Ayuntamiento el consumo de energía eléctrica para el funcionamiento de los aparatos montados en las instalaciones.
– El adjudicatario estará obligado a conservar las instalaciones las cuales revertirán en la corporación una vez finalizada la concesión.
– Respetar la tabla de precios a que se refiere el anexo I.
– Mantener el baño en perfecto estado de limpieza

ARTÍCULO 11.- DERECHOS DEL CONCESIONARIO
El adjudicatario tendrá derecho a percibir las tarifas de los usuarios. La mejora del precio y la baja en las tarifas serán los criterios a tener en cuenta para la adjudicación de la subvención. Las tarifas propuestas como básicas así como sus topes se encuentran como anexo a éste Pliego, y las bajas a la misma no se efectuarán para la valoración producto por producto sino con un mismo porcentaje de reducción para todos los productos que la componen.

ARTÍCULO 12.- PROPOSICIONES
– Los licitadores sólo podrán presentar una proposición.
– El lugar de presentación será el Registro de la Corporación en horario de 9:00 a 14:00 horas, el plazo será de 3 días naturales desde la publicación del Bando anunciador.
– Las proposiciones también podrán presentarse por correo, en este caso el interesado deberá justificar la fecha del envío y comunicar al órgano de contratación la remisión de la oferta, mediante fax o telegrama en el mismo día.
– El presente Pliego se encontrará expuesto al público en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en el perfil del contratante, con el objeto de que puedan presentarse las reclamaciones que se estimen oportunas. Se facilitará copia del Pliego a todos los que lo soliciten.
– Una vez presentada la proposición, no podrá retirarse bajo ningún motivo salvo los estipulados en la legislación de contratos.
– La proposición se presentará en sobre cerrado en el que deberá figurar la inscripción “Proposición para tomar parte en la licitación para la contratación de la concesión del servicio de bar de la piscina municipal de Cenicientos”.
– Dentro de este sobre se contendrán a su vez dos sobres A y B.
– En el sobre A en el que deberá figurar como título “ documentación acreditativa de la personalidad “ se recogerán los siguientes documentos:
Teléfono de contacto.
Documento Nacional de Identidad o fotocopia compulsada.
Escritura de poder bastanteada, si se actúa en representación de otra persona.
Escritura de constitución o modificación de la sociedad mercantil inscrita en el Registro y número de identificación fiscal, cuando concurra una sociedad de esta naturaleza.
Resguardo acreditativo de haber prestado la garantía provisional.
Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
Declaración responsable de estar incurso en ninguna de las causas enumeradas en el artículo 20 del TRLCAP.
– En el sobre B que llevará el título de oferta económica se contendrá la misma según el siguiente modelo.

D. ———————————–, con domicilio en —————- Municipio ———– CP ———- y DNI —————– expedido en —————— con fecha ———-, en nombre propio o en representación de ——————- como acredito por —————–.

Enterado del expediente de contratación de la concesión del bar de la piscina municipal de Cenicientos, tomo parte en la misma comprometiéndome a realizarla con arreglo a la subvención de ——— euros y realizando una baja de ——— euros en cada uno de los productos de la lista de tarifas presentada.

Esta concesión se realizará con estricta sujeción al Pliego de Cláusulas que aceptó íntegramente.

ARTÍCULO 12.- PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN
El contrato se adjudicará a la mejor oferta presentada valorada motivadamente por la mesa pudiendo negociarse sobre la marcha.

Se valorará el alza la oferta del licitante y la baja en las tarifas que se cobrarán al público por la prestación del servicio.

ARTÍCULO 13.- MESA DE CONTRATACIÓN Y APERTURA DE PLICAS
La Mesa de Contratación estará formada por el primer teniente de Alcalde o Concejal en quien delegue, el Secretario-Interventor, el Concejal de Deportes y actuará de secretario un empleado de la Corporación.

La apertura de plicas se realizará el día siguiente a que finalice el plazo de presentación de proposiciones.

La adjudicación deberá hacerse por el órgano de contratación que en este caso es el Alcalde según el artículo 21.1.ñ) de la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local., y el plazo para la misma será de diez días desde la apertura de proposiciones.

ARTÍCULO 14.- El contrato se perfeccionará por la adjudicación y se formalizará en documento administrativo en un plazo de 30 días a contar desde el siguiente a la notificación de la adjudicación.

ARTÍCULO 15.- RÉGIMEN JURÍDICO
En lo no previsto en este Pliego estaremos a lo dispuesto en la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y disposiciones de desarrollo.

En Cenicientos, a 25 de Junio de 2.013.

El Teniente de Alcalde

Fdo.: Pablo Fernando Gil Martínez

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