Categoría | Actualidad, Sierra Oeste

El Ayuntamiento de Pelayos recurre la sentencia sobre la plaza de AEDL

Con fecha 24 de junio de 2016 se ha recibido notificación del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Madrid, admitiendo el recurso de apelación del Ayuntamiento de Pelayos de la Presa sobre la sentencia publicada el 23 de mayo de 2016 en la que se estimaba la demanda presentada por el, en su momento, concejal no adscrito, Mario Cuéllar, tras impugnar la convocatoria para la consolidación de empleo de la plaza de Agente de Empleo y Desarrollo Local (AEDL), mediante concurso oposición.
Como es conocido, el fallo judicial daba la razón al exconcejal y declaraba nula la convocatoria para un puesto laboral fijo de Agente de Empleo y Desarrollo Local, AEDL, sentencia que debía ejecutarse en el plazo de un mes desde que la misma fuera firme. Sin embargo, el Ayuntamiento de Pelayos de la Presa ha decidido recurrir la sentencia y esto, de entrada, ofrece varios aspectos.
Según Mario Cuéllar: “El primero de ellos es que la persona con el cargo de AEDL mantendrá su puesto hasta que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid resuelva el recurso, posiblemente cerca de un año. En segundo lugar, el equipo de gobierno municipal del Partido Popular y su actual alcalde, Antonio Sin, demuestran que el fondo y la influencia política del anterior equipo de gobierno siguen presentes y lo que es peor, se van a usar recursos económicos del Ayuntamiento para seguir adelante con el proceso judicial. Finalmente, en caso de que la sentencia del TSJ confirme la sentencia del Tribunal Contencioso Administrativo deberá pagar las costas del mismo.”
“Si se hubiera ejecutado la sentencia nos habrían ahorrado el trámite de entrar a fondo en las cuestiones que la anterior sentencia dejó en el aire lo que supone una  gran oportunidad para poner claras todas las irregularidades que se han detectado durante todo este tiempo: Solapamiento de contratos, discontinuidad de los mismos, mezcla de categorías, desigualdad a la hora de medir los méritos de los candidatos y que, a diferencia de lo que afirmó el anterior alcalde en pleno, este puesto ha costado una gran suma económica a las arcas municipales.”
Y todo esto, además, sin tener en cuenta la sentencia del Tribunal Constitucional de 2012 sobre la Disposición Cuarta del Estatuto Básico Público en relación a una convocatoria de empleo público de la Junta de Andalucía. El Ayuntamiento en sus alegaciones indica que es aplicable dicha disposición. Sin embargo, el punto 2 de la disposición deja claro que “los procesos selectivos garantizarán el cumplimiento de los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.” Precisamente lo que, según la anterior sentencia, no se cumplió al convocar el concurso oposición como una consolidación de empleo de manera excepcional.
Mario Cuéllar agradece de nuevo a los vecinos y vecinas de Pelayos “el apoyo para sufragar los consiguientes gastos de abogado y procurador que provoca el recurso. Es fácil recurrir cuando juegas con el dinero público aportado por todos a través de sus impuestos sin distinción de color político, pero tiene mucho más mérito el interés de una ciudadanía organizada, cansada de las malas prácticas de las administraciones locales, por una sociedad más justa e igualitaria donde los puestos públicos no sean ocupados siempre por los mismos”.

Dejar un comentario

Para poder enviar este comentario debes demostrar que eres humano, completa la suma * Time limit is exhausted. Please reload CAPTCHA.

"EDICIÓN IMPRESA">EDICION IMPRESA

 

 

PRÓXIMA

 

EDICIÓN IMPRESA

 

29 de MARZO

  Chollocolchon   Chollocolchon

 

A21 SIERRA OESTE

 

 

marzo 2024
L M X J V S D
 123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031
Verificado por MonsterInsights