La Defensora del Pueblo cita en su informe anual de Administraciones no colaboradoras o entorpecedoras a los ayuntamientos de Pelayos de la Presa y de Robledo de Chavela. Concretamente sobre este último dice textualmente: “Se solicitó informe, el 5 de agosto de 2011, sobre la denegación de inscripción en el padrón municipal. Después de un tercer requerimiento se procedió al cierre el 21 de diciembre de 2012”. Y sobre Pelayos: “Se solicitó informe, el 29 de marzo de 2012, sobre la denominación de calles en aplicación de la Ley de Memoria Histórica. Se hizo el tercer requerimiento el 13 de diciembre de 2012”.
Las administraciones tienen la obligación de facilitar a la Defensora del Pueblo los datos que les requiera para realizar sus informes. Sin embargo, hay dirigentes que incumplen esta norma. En la Comunidad de Madrid, el informe acusa a varias consejerías y a otros 14 ayuntamientos además de los mencionados de entorpecer su labor, demorarse en remitirle los datos solicitados o enviarlos incompletos. Con esta denuncia podrían ser acusados de un delito de desobediencia incluido en el código penal por no contestar al Defensor del Pueblo e inhabilitados al cargo entre seis y dos años por el artículo 502.2 del código penal.
Las 8.813 reclamaciones de los madrileños ante la institución presidida por Soledad Becerril en 2012 suponen un aumento del 70% con respecto al año anterior.